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26 de agosto de 2015

Eco-Huella participará en el curso "Push 4 change: Climate Justice"

miércoles, agosto 26, 2015 2 Comentarios
Así es, hace poquitos días que la Asociación Biodiversa me han escrito para confirmar mi plaza como participante en el curso/taller Push 4 Change de 5 días que tendrá lugar en Octubre en Malmö, Suecia sobre Justicia Climática y Organización Sostenible.

Push 4 change climate justice

Este training se lleva a cabo gracias a la financiación de la Comisión Europea y la participación de 8 asociaciones:
  • Asociación Biodiversa - Spain 
  • Climate Justice Belgium - Belgium 
  • Czech Young Greens - Czech republic 
  • Fundacja Centrum Edukacji Obywatelskiej - Poland 
  • Mlodzi Zieloni Ostra Zielen - Poland 
  • Naturfreundejugend Deutschlands - Germany 
  • PUSH Sverige - Sweden 
  • Stepanavan Youth Center - Armenia 
  • Zveza Brez izgovora Slovenija - Slovenia 
  • Entre las 38 personas que participaremos de toda Europa en este curso debatiremos sobre la llamada "justicia climática" (¿por qué el Cambio Climático afecta más a aquellas poblaciones precisamente menos responsables de provocarlo?), compartiremos nuestra experiencia y conocimientos sobre Desarrollo Sostenible y entre todos crearemos un taller que trate precisamente sobre estos temas y que cada participante divulgará cuando vuelva a su país de residencia.


    Promete ser una gran experiencia en la cual compartir la experiencia de Eco-Huella y adquirir nuevos conocimientos, además de traer de vuelta a España material para poder compartir con todos vosotros lo aprendido, así como el taller que elaboraremos sobre Justicia Climática.



    PD: Si estás interesad@ en saber más sobre el taller sobre Justicia Climática, ponte en contacto con Eco-Huella a través de su página de Facebook



    12 de agosto de 2015

    ¿Qué es exactamente la Huella de Carbono?

    miércoles, agosto 12, 2015 0 Comentarios
    Cuando en el mundo real cuento que Eco-Huella habla, entre otras cosas, sobre Huella de Carbono ,me he dado cuenta de que este concepto es un gran desconocido para mucha gente. De hecho, en el último mes dos personas me han dicho lo siguiente:

    "¿Calcular la Huella de Carbono es lo del Carbono 14 y los fósiles?" 

    Así es, no una, si no en varias ocasiones me han hecho esta pregunta al decir que una de mis especialidades es la Huella de Carbono, de hecho ni siquiera sabían que tenía relación con el Calentamiento Global. Y de ahí el porqué de este blog. Para quienes tienen conocimientos en ciencias o medio ambiente puede parecer muy obvio la respuesta a qué es la huella de carbono, pero es bueno que nos recuerden que ningún concepto debemos darlo por sentado y empezar por el principio.
    ¿Qués es exactamente la Huella de Carbono?

    ¿Qué es la Huella de Carbono?

    En realidad, el concepto Huella de Carbono es la manera "informal" de llamar al Potencial de Calentamiento Global. Y como ya hemos dicho en otras ocasiones, el Calentamiento Global es el fenómeno que se está produciendo en las últimas décadas debido al aumento de concentración de Gases de Efecto Invernadero por las actividades humanas, como por ejemplo, la producción de energía o uso de combustibles fósiles, los cuales están produciendo un aumento en la temperatura media del planeta.

    Por tanto, podríamos decir que la Huella de Carbono calcula el potencial de gases de efecto invernadero asociados a una empresa, producto o evento (incluso persona). 

    Entonces, ¿por qué no la llamamos Huella de Gases de Efecto Invernadero? quizás así se evitaría el típico error de pensar que la Huella de Carbono mide todas las emisiones de compuestos de carbono de un producto (es decir, se mide el CO2 y CH4 pero no el NOx), pero lo cierto es que la Huella de Carbono es un concepto que ya se ha arraigado entre la sociedad, por lo que a estas alturas, es más sencillo, aclarar en qué consiste que en darle un nuevo nombre y confundir aún más a la población ¿no crees?. Además cuando hablemos de su unidad de medida, el nombre de Huella de Carbono cobrará más sentido.

    Una vez entendido que la Huella de Carbono calcula todos los gases de efecto invernadero que se emiten de manera directa o indirecta, surge la siguiente duda:

    ¿Qué unidades se utilizan al calcular la Huella de Carbono si se miden tantos componentes?

    Aquí es donde entra en juego la unidad de medida kilogramo o tonelada de CO2 equivalente. Para poder simplificar los resultados de la Huella de Carbono (o Potencial de Calentamiento Global) se utiliza la unidad de medida: kilogramo o tonelada de CO2 equivalente (CO2 = dióxido de carbono). 

    Utilizar esta unidad nos permite agrupar todas las emisiones de gases de efecto invernadero y obtener información útil con un sólo número.

    Para entender la importancia de convertir todas nuestras unidades a la unidad de CO2 equivalente, imaginemos que las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) de un producto X son las siguientes:

    Dióxido de Carbono (CO2)
    200 Kg
    Metano (CH4)
    200 Kg
    Óxido nitroso (N2O)
    200 Kg
    Hidrofluorocarbonados (CFCs)
    200 Kg

    Podemos sumar 2 manzanas y 2 peras y decir que tenemos 4 piezas de fruta, pero si le decimos a alguien que tenemos 4 piezas de fruta, no estamos especificando si se tratan de 4 cerezas o 4 sandias, y por tanto no sabemos el "poder nutricional" de las 4 piezas de fruta. Lo mismo ocurre con las emisiones de Gases de Efecto Invernadero y su Potencial de Calentamiento Global.

    Por tanto, no podemos decir que el producto X tiene una huella de 800 kilogramos de gases de efecto invernadero, pues ese dato no nos proporciona información útil, ni nos indica si esos 800 Kg de gases tienen un alto o bajo Potencial de Calentamiento Global (que al fin y al cabo es lo que queremos saber cuando realizamos un estudio de Huella de Carbono).

    La caracterización de un estudio de Huella de Carbono sería algo así como pasar una lista de alimentos a calorías. Decir que 2 manzanas + 2 peras son 4 piezas de fruta no nos da mucha información, pero si lo hace si decimos que 2 manzanas + 2 peras son 300 calorías. 

    De hecho, el utilizar una única unidad de medida en los alimentos nos permite comparar y saber que 1 hamburguesa tiene las mismas calorías que 4 platos de macarrones con tomate. Y lo mismo ocurre con el CO2 equivalente. Por ejemplo: 1 Kg de metano tiene el mismo poder de calentamiento global que 21 Kg de dióxido de carbono o que 0,07 Kg de óxido nitroso.

    ¿Qués es exactamente la Huella de Carbono?Convertir los 200 Kg de cada compuesto a Kg de CO2 equivalente es lo que se conoce como "caracterización" y para ello se utilizan Factores de caracterización. 
    Sin entrar en más detalles, utilizando dichos factores los 200 kg de CO2 + 200 Kg de CH4+ 200 Kg de N2O + 200 Kg de CFCs obtenemos un total de 88.800 Kg de CO2 equivalentes (para abreviar se suele escribir Kg CO2 eq, e incluso a veces, se omite el eq).

    200 Kg CO2
    = 200 Kg CO2 eq
    200 Kg CH4
    = 4200 Kg CO2 eq
    200 Kg N2O
    = 59600 Kg CO2 eq
    200 Kg CFCs
    = 24800 Kg CO2 eq

    Espero que este artículo ayude a comprender mejor qué es la Huella de Carbono, qué mide y en qué se mide. Resumiendo:


  • ¿Qué es la Huella de Carbono? es un indicador ambiental que ayuda a conocer el Potencial de Calentamiento Global de productos y servicios
  • ¿Qué mide la Huella de Carbono? calcula los gases de efecto invernadero que se emiten de forma directa e indirecta 
  • ¿Qué unidad utiliza la Huella de Carbono? el Kg de CO2 eq (kilogramo de dióxido de carbono equivalente)
  • 5 de julio de 2015

    ¿Qué significa Sostenibilidad?

    domingo, julio 05, 2015 2 Comentarios
    ¿qué es la sostenibilidad?
    Sostenibilidad es un concepto que vemos día a día en las noticias y en la red, es lo que esta web trata de alcanzar y es lo que precisamos si queremos que esta gran nave llamada Tierra siga siendo un entorno agradable para vivir para las futuras generaciones.
    En el vídeo del final del post, se resume este concepto de una manera muy sencilla. A continuación os dejo la transcripción al castellano del texto:

    Sostenibilidad significa que las cosas pueden seguir avanzando y sostenerse a lo largo del tiempo y continuar así para siempre.
    Desde una perspectiva del ser humano, la sostenibilidad de nuestro planeta significa que este puede seguir haciendo aquello para lo que fue diseñado, es decir, proporcionarnos aire limpio, agua y alimentos frescos… de manera que nos permite a todos tener siempre una buena calidad de vida.

    En el lado contrario, la insostenibilidad significa que el planeta no puede continuar ofreciéndonos todos esos servicios. Es en este punto en el que nos encontramos ahora.

    Hace 20 años, científicos suecos definieron la sostenibilidad en torno a cuatro principios fundamentales:
    1. Reducir nuestra dependencia de los combustibles fósiles y metales pesados
    2. Minimizar nuestra dependencia de productos químicos perjudiciales para nuestra naturaleza
    3. Minimizar la destrucción de nuestra naturaleza y 
    4. Asegurarnos de que no existen barreras para que todo el mundo satisfaga sus necesidades.
    La demanda de los servicios que nos aprovisiona la Tierra crece en sintonía con el aumento de la población mundial, así como los estándares de vida. Sin embargo, la capacidad del planeta para suministrarnos esos servicios que nos garantizan nuestra calidad de vida está en detrimento como consecuencia de nuestro modo de vida.

    En nuestra búsqueda de prosperidad, crecimiento y éxito, estamos destruyendo el sistema del que dependemos totalmente para vivir: la naturaleza. Los humanos nos hemos convertido en una amenaza para nuestro propia supervivencia.

    La Tierra es un sistema en el que todo está conectado: sociedad, medio ambiente y economía. Para vivir de una manera sostenible, tenemos que seguir a rajatabla los cuatro principios de la sostenibilidad y aplicarlos en nuestro día a día, tanto en casa como en el trabajo. Si lo hacemos, lograremos un mundo sostenible, todos mejoraremos nuestra calidad de vida, generaremos menos residuos, consumiros menos recursos y crearemos más cosas valiosas para la sociedad al incrementar las posibilidades de que nuestro planeta puede seguir suministrándonos todos los servicios que necesitamos.

    17 de junio de 2015

    Análisis de Ciclo de Vida de un vino de Cerdeña

    miércoles, junio 17, 2015 0 Comentarios
    Hoy os traigo un post invitado de María López de Exploring The Green quién sabiendo el interés de Eo-Huella por el Análisis del Ciclo de Vida, se ha ofrecido a traducirnos uno de sus artículos.

    Análisis de Ciclo de Vida de una botella de vino


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    Análisis de Ciclo de Vida de un vino de Cerdeña


    El Análisis de Ciclo de Vida evalúa los impactos medioambientales de un producto, servicio o evento, considerando todas las fases de su ciclo de vida. Este artículo pretende ilustrar de qué manera esta herramienta se utiliza en la práctica para evaluar los impactos de productos de consumo diario, como por ejemplo, el vino. La infografía que presentamos a continuación está basada en un estudio real de la Universidad de Sassari en Cerdeña, Italia (el enlace al estudio completo se encuentra al final de la infografía).



    ¿Cuál es el objetivo del estudio?

    Evaluar los principales impactos ambientales en la producción de una botella de vino de Cerdeña.

    ¿Qué unidad funcional se utiliza?

    La unidad funcional, en la cual se basa todo el ACV es una botella de Vermentino di Sardegna de 0.75 litros. Considerando la unidad funcional como base para los estudios de ACV nos permite comparar distintos tipos de materiales (botella de cristal, de plástico, de cartón), siempre y cuando el volumen considerado sea de 0.75 litros en todos los casos.

    ¿Qué fases del proceso de producción del vino están incluidas?

    En el estudio se considera un planteamiento de la Cuna a la Puerta. Esto significa que las fases incluidas en él cubren desde la extracción de recursos naturales hasta que las botellas de vino abandonan la planta embotelladora. En este caso, estas fases se han dividido en 4.

  • Cultivo de la uva
  • Producción y recolección de la uva
  • Producción del vino
  • Embotellado


  • Otros estudios consideran planteamientos de la Cuna a la Tumba (desde la extracción de recursos naturales hasta la fase de desecho por parte del consumidor) o de Puerta a Puerta (incluyendo solamente aquellas fases asociadas a la producción).

    ¿Qué categorías medioambientales se tienen en cuenta?

    El estudio tiene en cuenta 4 categorías ambientales, eligiendo aquellas más relevantes desde el punto de vista de la producción de vino:

  • Agotamiento de recursos abióticos: esta categoría expresa el impacto ambiental en base al agotamiento de recursos naturales, especialmente si hablamos de aquellos que no son renovables (minerales, combustibles fósiles). El indicador utilizado para medir esta categoría es un metal de referencia, el estaño (Sb).
  • Potencial de calentamiento global: expresa el efecto de las fases anteriormente citadas en términos de liberación de gases de efecto invernadero dentro de un márgen de 100 años. El indicador utilizado en este caso se expresa como equivalentes de dióxido de carbono (CO2).
  • Acidificación: los impactos en este caso se producen como consecuencia de la liberación de sustancias acidificantes a la atmósfera, pudiendo afectar con posterioridad al suelo y al agua por deposición. La lluvia ácida es uno de los episodios más conocidos de nuestra historia ambiental reciente. Indicador: emisiones de dióxido de sulfuro (SO2).
  • Eutrofización: el impacto ambiental causado tiene que ver con el aumento de macronutrientes a gran escala (basados generalmente en componentes nitrogenados o con fósforo), afectando principalmente a masas de agua. Especialmente en lagos, un aumento drástico de los niveles de macronutrientes puede producir un crecimiento masivo de especies de algas, creando un desequilibrio en el ecosistema y dando lugar a situaciones de falta de oxígeno para el resto de especies. Indicador: cantidad de equivalentes de PO4.



  • ¿Qué muestran los resultados?

    La fase responsable del mayor impacto ambiental en 3 de las 4 categorías evaluadas (calentamiento global, acidificación y agotamiento de recursos abióticos) es la del embotellado del vino. Esto se debe fundamentalmente al proceso de producción de botellas de cristal, que resulta ser bastante intensivo de cara al consumo de recursos (gas natural, lignito, crudo, grandes cantidades de agua). Por otra parte, la fase de plantado de viñas es la que presenta un mayor impacto ambiental cuando hablamos de eutrofización, básicamente debido a las emisiones asociadas al uso de combustibles fósiles en los tractores. Es bastante llamativo observar como el proceso de producción del vino apenas tiene impacto en comparación con las demás fases, con valores situados entre el 0 y el 1% para todas las categorías.

    Las emisiones de CO2 asociadas a cada botella de vino son de 1.64 kg (equivalentes de CO2).

    ¿Qué recomendaciones se sugieren en torno a la producción de botellas de cristal y las emisiones asociadas al uso de combustibles fósiles?

    La autora sugiere (al igual que en estudios similares) algunas soluciones para poder disminuir el impacto de la producción de botellas: reducir el peso de cada una de ellas (reduciendo al mismo tiempo la cantidad de recursos y energía necesarios en el proceso) e incrementar la proporción de botellas recicladas en origen (volviendo al productor para su reutilización o reciclaje). Esta última opción parece bastante razonable bajo mi punto de vista, ya que el cristal no se degrada fácilmente al ser rellenado varias veces y eliminaríamos la necesidad de usar más materiales o energía para producir nuevas botellas. El uso de biocombustibles se presenta como alternativa al uso de diesel en tractores. Sin embargo, cabe tener en cuenta que incluso la Unión Europea está frenando en su afán de expansión del mercado de los biocombustibles. Cada vez hay más evidencia científica de que la modificación del uso de la tierra y la deforestación, especialmente en zonas de turberas, pueden incluso incrementar las emisiones de gases de efecto invernadero, minimizando el efecto del uso de biocombustibles con respecto a combustibles convencionales.

    Conclusiones y recomendaciones

    La autora califica este estudio como preliminar, y considera que en el futuro la calidad de los datos y los límites del sistema deben ser reevaluados. Impactos medioambientales asociados al transporte, el desecho de botellas o la aplicación de pesticidas no han sido incluidos, y pueden ser muy relevantes.

    Teniendo en cuenta los resultados del estudio, los fabricantes de vino de la zona pueden tomar decisiones acerca de cómo implementar cambios en sus procesos productivos, para incrementar la eficiencia y reducir el impacto medioambiental. Como consumidores, nuestro granito de arena consiste en la compra de vino biológico y/o orgánico (generalmente producido en extensiones más pequeñas de manera poco intensiva, y haciendo un uso limitado de pesticidas). Si en nuestra región es posible, debemos utilizar los sistemas de recuperación de botellas y en último lugar, acudir al reciclaje.


    10 de junio de 2015

    #ElSolEsGratis Alega contra el Peaje de Respaldo

    miércoles, junio 10, 2015
    El 5 de junio de este año, coincidiendo irónicamente con el Día Mundial del Medio Ambiente se ha publicado el Proyecto del Real Decreto por el que se establece la regulación de las condiciones de las modalidades de suministro de energía eléctrica y de producción con autoconsumo, es decir, se ha publicado y se ha abierto el periodo de alegaciones para el proyecto de Real Decreto del famoso "peaje al sol" u oficialmente como "peaje de respaldo".
    impuesto al sol

    El conocido como "peaje al sol" consiste en una tasa o "peaje" que aquellos ciudadanos que opten por instalar energías limpias en sus viviendas deberán pagar. De ahí el nombre de "peaje al sol", pues se paga por la energía que uno produce y autoconsume. Además, la energía que sobra y se vierte a la red, se verterá sin compensación alguna. Es decir, se paga un peaje por lo que se autoconsume y se produce, y si no lo gastas y lo vuelcas a la red, no recibes nada a cambio.

    Pero además, este Real Decreto no pone trabas únicamente a las energías limpias de autoconsumo (solar y eólica) si no que también establece un peaje o tasa al uso de baterías que acumulen energía. El nuevo gravamen afectaría a quienes compren baterías como las de Tesla o tengan acumuladores en las placas solares. Esto significaría que las famosas baterías Tesla aunque si estarían permitidas, tendrían asociado una tasa a pagar.

    Y ya como guindilla final, a aquellos ciudadanos que la situación económica les haya llevado a recurrir al "bono social" para pagar sus facturas, lo perderán en el momento en que tengan una placa solar. Esta situación preocupa a la UNEF (Unión Española Fotovoltaica) en particular quién se había propuesto la instalación de placas en viviendas de gente con pocos recursos para que pudiesen tener energía limpia y gratuita.



    Actualmente mucha gente piensa que este peaje ya está en vigor, lo que se ha traducido en que el interés de los ciudadanos por las energías renovables ha descendido hasta niveles ínfimos y han dado por asimilado que "lo dice la normativa y no se puede cambiar". Pero lo cierto, es que este "peaje al Sol" estaba en borrador y que el viernes se ha anunciado el Proyecto de Real Decreto a Trámite de Audiencia. 

    ¿Que quiere decir esto? Pues que todos los interesados tienen 15 días naturales (hasta el 21 de junio) para mandar sus observaciones/alegaciones al Ministerio, las cuales deben ser tenidas en cuentas antes de la aprobación final de la normativa.

    Desde Eco-Huella, no queremos entrar en temas políticos, pero esto es un tema de Sostenibilidad, de lucha contra el Cambio Climático y de apostar por un futuro sostenible. Creo que es el deber de este pequeño blog de informar y de ofrecer alternativas. Pues bien, las Energías Renovables no son sólo una alternativa, son necesarias si queremos alcanzar los objetivos europeos marcados a corto y largo plazo. Las Energías Renovables como la fotovoltaica, no solo son limpias por que no emiten contaminantes, sino que tampoco emiten CO2, principal responsable del Calentamiento Global y nuestro archienemigo por excelencia.

    Si queréis saber más sobre en qué consiste exactamente el Real Decreto, os recomendamos los siguientes artículos:

  • Los planes para el autoconsumo energético del gobierno son aún peores: estas son todas las trabas. (web Xataca)
  • Borrador de Real Decreto de Autoconsumo, la última meadita del Sr. Ministro. (por Frederic Andreu socio-fundador de SolarTradex)
  • El decreto de autoconsumo incumple las directivas europeas (por Javier García Breva, Experto en Políticas Energéticas y Presidente de N2E)
  • El lío eléctrico, explicado a Homer (Por Ballena Blanca) No habla del Real Decreto, pero si todo este lío de la energía te pilla de nuevas, no hay mejor lectura
  • Volviendo a lo de alegar:

    ¿Qué es eso de las alegaciones? 

    Básicamente consiste en mostrar que no se está conforme con algún aspecto de la normativa y el porqué.

    ¿Por qué se realiza este trámite de publicar y recibir observaciones?

    Así una vez aprobada una normativa, no se puede decir que no se consulto a la población si querían que se cambiase algo del contenido original.


    No importa que no tengas una placa solar en tu casa (tampoco yo), es suficiente con que creas que las Energías Renovables son necesarias (lo son aunque no lo hagas), que el modelo energético clásico actual tiene una fecha límite y que deben (si no facilitar, al menos) no ponerse trabas a aquellos ciudadanos que decidan apostar por consumir energía limpia en sus casas. Puede que nunca vayas a poner una placa solar en tu vivienda, pero enviando esta carta y ayudando a difundirla puedes hacer que otros si puedan, que en global nuestras emisiones de CO2 asociadas al consumo energético se reduzcan y que además España sea menos dependiente del exterior en cuanto a energía (por no hablar del fomento de empleo en el sector de la energía limpia)

    ¿Estás convendid@ y quieres presentar tus alegaciones al Peaje al SOL?

    Gracias a la información facilitada por UNEF, Eco-Huella ha redactado la siguiente carta, la cual ya se ha enviado al Ministerio a título individual. Tú también puedes enviar la tuya, sólo tienes que copiarla, poner tus datos y enviarla:

  • Por correo ordinario 
  • Secretaría de Estado de Energía del citado Ministerio
    Paseo de la Castellana, 160
    28071, Madrid
  • Por correo electrónico: sgeelectrica@minetur.es
  • Puedes redactar tu propia carta de alegaciones o puedes copiar esta que Eco-Huella ha elaborado. Sólo tienes que copiar todo el texto en azul y poner tus datos para enviarla por correo.

    Y recuerda...comparte esta información en tus redes, cuantas más alegaciones reciban, más posibilidades de parar el peaje al sol.



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    A la Atención de la Secretaría General de Energía Eléctrica


    Yo, Tu Nombre, con DNI XXXXXXX-Y y nacionalidad XXXXXXXX, escribo esta carta con motivo de la publicación  en el BOE núm. 135, de 6 de junio de 2015, páginas 25364 a 25364, en el cual se da publicidad a la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía, de 2 de junio de 2015, por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia a los interesados en la elaboración del proyecto de real decreto por el que se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.

    Como consumidor de energía eléctrica y consumidor potencial de energía por autoconsumo,

    EXPONGO QUE

    El proyecto de RD por el que se regula el autoconsumo energético se trata de una normativa diseñada específicamente para poner una barrera económica que desincentive a los ciudadanos a invertir en sistemas de ahorro energético basados en las energías limpias. 

    El proyecto de RD no recoge ninguna de las críticas al mismo que se han realizado desde el sector fotovoltaico, la sociedad civil –sindicatos, asociaciones de consumidores, ambientalistas‐, los organismos reguladores –CNE, CNC‐ , el propio Gobierno –Defensora del Pueblo‐, el grueso de los partidos de la oposición e, incluso, desde el seno del propio partido Popular en Comunidades Autónomas como Extremadura, Murcia o Baleares.

    El proyecto de RD pretende aplicarse de forma retroactiva a todas las instalaciones ya existentes, vulnerando así la Constitución Española y las Directivas 2009/72/CE, de 13 de julio, del mercado interior de la electricidad y 2009/28/CE, de 23 de abril, de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.

    El proyecto de RD va en contra del cumplimiento de los objetivos a 2020 comprometidos con la Unión Europea de reducción de CO2, alimentación con fuentes de energías renovables y eficiencia energética.

    El proyecto de RD discrimina a aquellos consumidores que deseen hacer uso del autoconsumo como medida de ahorro y eficiencia energética, asumiendo ellos mismos el coste de la instalación y responsabilizándose del pago completo del término fijo de la factura de la compañía convencional con la que tenga su contrato, así como la parte del término de energía consumida. Penalizar con un peaje extra al consumidor responsable que ahorra con un sistema de autoconsumo va en contra de la filosofía de la eficiencia energética.

    El autoconsumidor conectado a la red, es decir, que produce una parte de su energía y el resto lo recibe de la red, contribuye a sufragar los costes del sistema como cualquier otro consumidor (y como cualquier otro productor) a través de los peajes de acceso de consumo y de producción. Sin embargo, de forma discriminatoria, el artículo 9, apartado 3 de  la  Ley  24/2013 y desarrollado en mayor detalle en el proyecto del RD, obliga además al autoconsumidor a contribuir de forma extraordinaria (a través del Peaje de Respaldo), a sufragar los costes del sistema por la energía eléctrica que se produce y consume instantáneamente (sin que, insisto, la electricidad salga en ningún momento del perímetro de la propiedad de consumidor y, sobre todo, sin utilizar las redes de transporte y de distribución).

    El proyecto de RD vulnera el artículo 31.3 de la Constitución. El peaje de acceso a la red es una prestación patrimonial pública regulada en el artículo 31.3 de la Constitución, pues opera como contraprestación de un servicio de solicitud o recepción obligatoria (la necesidad de utilizar la red de transporte y distribución para consumir o verter energía). 

    Mediante el establecimiento de este nuevo Peaje de Respaldo no se respeta la garantía material de toda prestación patrimonial pública que exige dicha equivalencia (es decir, una prestación, que debe ser de solicitud o recepción obligatoria, a cambio del peaje que se impone), pues el sujeto de autoconsumo instantáneo no utiliza la red de transporte y distribución para su autoconsumo (sino sólo su propia red interior). 

    Asimismo, este nuevo peaje vulnera también el principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos establecido en el artículo 9.3 de la Constitución, dado lo irrazonable de la medida que, como se ha dicho, carece de toda justificación. Y, por este mismo motivo, dado que se estaría imponiendo, de forma coactiva, la entrega de medios económicos a los transportistas y distribuidores sin recibir en cambio compensación ninguna, estamos ante una vulneración del artículo 33.3 de la Constitución, al tener lugar una auténtica expropiación sin preverse una indemnización como equivalente.

    Se vulnera también el principio de igualdad en la creación de Derecho del artículo 14 de la Constitución pues resulta contrario al principio de igualdad que mientras el resto de consumidores sólo deben abonar peajes de acceso por el uso de las redes de transporte y distribución, el sujeto de autoconsumo tendría que abonar dicho peaje de acceso y, además, un nuevo peaje relativo al uso de una red interior que en modo alguno forma parte de tal red de transporte y distribución y que además el autoconsumidor se costea.

    Se vulnera el principio de libertad de empresa reconocido en el artículo 38 de la Constitución, así como en la propia Ley 24/2013, artículo 2.1, que establece que “Se reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica reguladas en la presente ley sin perjuicio de las limitaciones que se pudieran establecer para las actividades que tengan carácter de monopolio natural”. 

    Respecto a la normativa comunitaria, debe tenerse en cuenta que el RD es contrario a la Directiva 2009/72/CE, de 13 de julio, del mercado interior de la electricidad. Así, en sus Considerandos 32 y 36 y en su artículo 32, se establece que los peajes deben aplicarse de forma no discriminatoria y tomar en consideración los costes marginales de la red evitados a largo plazo merced a la generación distribuida. Pues bien, como resulta del contenido del presente escrito de alegaciones, el Peaje de Respaldo se ha establecido aquí de una forma patentemente discriminatoria, sin tener en cuenta, adicionalmente, las ventajas en el conjunto del funcionamiento de la red, como lo son por ejemplo las pérdidas que con el autoconsumo se evitan o la mejor eficiencia en la gestión de congestiones en la red. 

    Por último el RD vulnera también la Directiva 2009/28/CE, de 23 de abril, de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. En particular de lo establecido en su artículo 16.7 y 8, que dispone lo siguiente: "7. Los Estados miembros deberán garantizar que las tarifas de transporte y distribución no supongan una discriminación de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables. 8. Los Estados miembros velarán por que las tarifas aplicadas por los operadores de los sistemas de transporte y de distribución en concepto de transporte y distribución de electricidad procedente de instalaciones que utilicen fuentes de energía renovables reflejen los beneficios realizables en materia de costes como resultado de la conexión de las instalaciones a la red. Estos beneficios en materia de costes podrían resultar del uso directo de la red de baja tensión". Y ello porque, como se escribe en sus Considerandos 6 y 62: "Es conveniente apoyar la fase de demostración y comercialización de las tecnologías descentralizadas de producción de energía renovable. El cambio hacia la producción descentralizada de energía entraña numerosas ventajas, tales como la utilización de fuentes locales de energía, una mayor seguridad del suministro local de energía, trayectos de transporte más cortos y menores pérdidas en la transmisión de la energía. Dicha descentralización fomenta también el desarrollo y la cohesión de la comunidad, al facilitar fuentes de ingresos y crear empleo a escala local". Y "los costes de conexión a las redes eléctrica y de gas de los nuevos productores de electricidad y gas procedentes de fuentes de energía renovables deben ser objetivos, transparentes y no discriminatorios, y reflejar adecuadamente los beneficios que los productores integrados de electricidad procedente de fuentes de energía renovables y los productores locales de gas procedente de fuentes renovables aportan a sendas redes".

    En definitiva, quiero trasladar mi desacuerdo y preocupación respecto al contenido del Real Decreto, pues  constituye una normativa discriminatoria e injusta. En este sentido, debe recordarse como conclusión lo expuesto por la CNE en su informe 19/2013 sobre la Propuesta de Real Decreto sobre autoconsumo de julio de 2013, en el que expresaba de forma clara que debía eliminarse el Peaje de Respaldo por las siguientes razones: 

  • El Peaje de Respaldo está compuesto por una serie de conceptos en su mayoría no justificados y supone un trato discriminatorio respecto al resto de consumidores. 
  • No se tienen en cuenta los beneficios sociales asociados a la generación distribuida y al autoconsumo ya contemplados en las Directivas Europeas. 
  • Por todo lo anterior SOLICITO Que, 

    de conformidad con los artículos citados y en virtud del daño que se produciría a la libertad de actuación del conjunto de ciudadanos dispuestos a ejercer una mayor responsabilidad respecto a sus consumos energéticos, a la libertad de empresa, a la discriminación por razón de tecnologías y, en definitiva, el deterioro de la posición estratégica de España respecto a nuestra dependencia energética exterior, NO SE APRUEBE ESTE REAL DECRETO  y se revise la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico.

    Un cordial saludo, 
    ----------------------------------------------




    ****Agradecimientos: Gracias a la UNEF (Unión Nacional Energía Fotovoltaica) por ceder el contenido de su web para la elaboración de la carta de alegaciones


    Nota: si estás leyendo este artículo y crees que la carta se puede mejorar o quieres ayudar a poner un formulario de envío con código html, para que se animen a enviar la carta hasta los más perezosos, por favor, contáctame en Twitter o Facebook.